Mas visibilidad para el culo de la Pan
- juapan
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Eso es para siempre o solo por Navidad, pero está muy bien.
saludos
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- juapan
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Pues dejate de coñas, pero aun asi, seguro que alguno te daria por detras y te diria eso de .. "no te vi .. " ...
vs
vs
La vida es un continuo proceso de deterioro ...
- wels
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Y lo mas importante...
Según la legislación vigente, en las motos tan solo puedes poner una luz de freno, o dos si van simétricas al eje horizontal de la misma, y tan solo dos para intermitentes
Todo lo que pongamos de más, no es legal, aunque haya pasado la ITV, y si los de la DGT están de humor, puede pasar, pero si no, podrán multarte
Eso, en el resto de Europa no pasa, pero, esa parte de la legislación aunque data de 1998 o casi, sigue sin modificarse adaptándose a las circustancias actuales, y les viene muy bien, pues cuando toca,… gracias a eso...hacen "caja"
Adjunto resumen del mismo:
Reglamento General de Vehículos:
Artículo 15. Condiciones técnicas de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica:
5. No se instalarán en los vehículos más luces que las autorizadas en el presente Reglamento, prohibiéndose expresamente el uso de pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados, salvo en los supuestos y condiciones previstos en la reglamentación que se recoge en los anexos I y XI.
Artículo 16. Dispositivos obligatorios de alumbrado y señalización óptica:
2. Toda motocicleta deberá estar provista de:
- Luz de cruce.
- Luz de carretera.
- Luz de frenado.
- Luz de la placa posterior de matrícula.
- Luz de posición delantera.
- Luz de posición trasera.
- Catadióptrico trasero no triangular.
Artículo 17. Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica:
2. Toda motocicleta puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz antiniebla trasera.
- Catadióptricos laterales no triangulares.
- Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
Curiosamente las motocicletas con sidecar si pueden llevar una tercera luz de freno.
Artículo 15. Condiciones técnicas de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica:
Apartado 1. Las luces y dispositivos reflectantes que, siendo dobles, tengan la misma finalidad, se corresponderán en color e intensidad y estarán situadas simétricamente, a ser posible, a la misma distancia de los bordes del vehículo.
En el artículo 17 dice:
Artículo 17. Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica:
Apartado 1. Todo automóvil, con excepción de los que se reseñan en los apartados siguientes, puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz de estacionamiento, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros y su anchura no es mayor de 2 metros. En los de vehículos que no reúnan ambas condiciones estará prohibida.
- Luz de alumbrado interior del habitáculo.
- Catadióptricos no triangulares o luces de posición laterales, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros.
- Dispositivos luminosos o reflectantes de señalización de apertura de puerta, sólo visible en esta circunstancia.
- Luz de gálibo para vehículos comprendidos entre 1,80 y 2,10 metros de anchura.
- Luz de gálibo trasera en las cabinas con bastidor.
- Catadióptricos delanteros no triangulares.
- TERCERA LUZ DE FRENO.
Ahora vienen las excepciones a que hace referencia el Apartado 1:
2. Toda motocicleta puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz antiniebla trasera.
- Catadióptricos laterales no triangulares.
- Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
3. Toda motocicleta con sidecar puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz antiniebla trasera.
- Catadióptricos laterales no triangulares.
- Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
- Todos los dispositivos autorizados para los vehículos automóviles de cuatro ruedas a que se refiere el apartado 1 (Que incluye la tercera luz de freno)
Llevar una luz de freno adicional en una motocicleta sin sídecar es una infracción al artículo 15, apartado 4, opción 1A del Reglamento General de Vehículos por el concepto "Circular con el vehículo reseñado llevando instaladas luces no reglamentarias".
De esta infracción, como todas las del Reglamento General de Vehículos, será responsable el titular del vehículo, no el conductor.
Al ser una infracción grave puede conllevar, si el Jefe Provincial de Tráfico o el Alcalde o concejal que se encargue de estos asuntos (depende de qué cuerpo policial haya hecho la denuncia) lo estima oportuno una sanción económica de 150 €.
Según la legislación vigente, en las motos tan solo puedes poner una luz de freno, o dos si van simétricas al eje horizontal de la misma, y tan solo dos para intermitentes
Todo lo que pongamos de más, no es legal, aunque haya pasado la ITV, y si los de la DGT están de humor, puede pasar, pero si no, podrán multarte
Eso, en el resto de Europa no pasa, pero, esa parte de la legislación aunque data de 1998 o casi, sigue sin modificarse adaptándose a las circustancias actuales, y les viene muy bien, pues cuando toca,… gracias a eso...hacen "caja"
Adjunto resumen del mismo:
Reglamento General de Vehículos:
Artículo 15. Condiciones técnicas de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica:
5. No se instalarán en los vehículos más luces que las autorizadas en el presente Reglamento, prohibiéndose expresamente el uso de pinturas o dispositivos luminosos o reflectantes no autorizados, salvo en los supuestos y condiciones previstos en la reglamentación que se recoge en los anexos I y XI.
Artículo 16. Dispositivos obligatorios de alumbrado y señalización óptica:
2. Toda motocicleta deberá estar provista de:
- Luz de cruce.
- Luz de carretera.
- Luz de frenado.
- Luz de la placa posterior de matrícula.
- Luz de posición delantera.
- Luz de posición trasera.
- Catadióptrico trasero no triangular.
Artículo 17. Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica:
2. Toda motocicleta puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz antiniebla trasera.
- Catadióptricos laterales no triangulares.
- Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
Curiosamente las motocicletas con sidecar si pueden llevar una tercera luz de freno.
Artículo 15. Condiciones técnicas de los dispositivos de alumbrado y señalización óptica:
Apartado 1. Las luces y dispositivos reflectantes que, siendo dobles, tengan la misma finalidad, se corresponderán en color e intensidad y estarán situadas simétricamente, a ser posible, a la misma distancia de los bordes del vehículo.
En el artículo 17 dice:
Artículo 17. Dispositivos facultativos de alumbrado y señalización óptica:
Apartado 1. Todo automóvil, con excepción de los que se reseñan en los apartados siguientes, puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz de estacionamiento, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros y su anchura no es mayor de 2 metros. En los de vehículos que no reúnan ambas condiciones estará prohibida.
- Luz de alumbrado interior del habitáculo.
- Catadióptricos no triangulares o luces de posición laterales, si la longitud del vehículo no es mayor de 6 metros.
- Dispositivos luminosos o reflectantes de señalización de apertura de puerta, sólo visible en esta circunstancia.
- Luz de gálibo para vehículos comprendidos entre 1,80 y 2,10 metros de anchura.
- Luz de gálibo trasera en las cabinas con bastidor.
- Catadióptricos delanteros no triangulares.
- TERCERA LUZ DE FRENO.
Ahora vienen las excepciones a que hace referencia el Apartado 1:
2. Toda motocicleta puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz antiniebla trasera.
- Catadióptricos laterales no triangulares.
- Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
3. Toda motocicleta con sidecar puede llevar:
- Luz antiniebla delantera.
- Luz antiniebla trasera.
- Catadióptricos laterales no triangulares.
- Luces indicadoras de dirección con señal de emergencia.
- Todos los dispositivos autorizados para los vehículos automóviles de cuatro ruedas a que se refiere el apartado 1 (Que incluye la tercera luz de freno)
Llevar una luz de freno adicional en una motocicleta sin sídecar es una infracción al artículo 15, apartado 4, opción 1A del Reglamento General de Vehículos por el concepto "Circular con el vehículo reseñado llevando instaladas luces no reglamentarias".
De esta infracción, como todas las del Reglamento General de Vehículos, será responsable el titular del vehículo, no el conductor.
Al ser una infracción grave puede conllevar, si el Jefe Provincial de Tráfico o el Alcalde o concejal que se encargue de estos asuntos (depende de qué cuerpo policial haya hecho la denuncia) lo estima oportuno una sanción económica de 150 €.
- juapan
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
No las voy a poner Wels.
Aunque es sabido que aqui si pones algo para ser mas visible, les molesta.
vs
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vs
La vida es un continuo proceso de deterioro ...
- wels
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Yo, hace tiempo... me anime, y si le puse un soporte que venden en súper-mercados Alcampo, barato creo que fueron 15 o 16 euros
Son para coche, pero...desmonte toda la parte que traía para ese menester, quedando solo una tira con creo mas de 25 leds, y la atornille justo debajo del grupo de luz
Quedan bien casi no se ven...hasta que frenas, pero, de momento, aunque ya lo he utilizado con DGT cerca...no me han dicho nada
No es cantoso...y creo que gente con 1300 y cofre, también han puesto algo similar y no han comentado problemas
Eso si, ya sabemos que...No es "muy legal"
Son para coche, pero...desmonte toda la parte que traía para ese menester, quedando solo una tira con creo mas de 25 leds, y la atornille justo debajo del grupo de luz
Quedan bien casi no se ven...hasta que frenas, pero, de momento, aunque ya lo he utilizado con DGT cerca...no me han dicho nada
No es cantoso...y creo que gente con 1300 y cofre, también han puesto algo similar y no han comentado problemas
Eso si, ya sabemos que...No es "muy legal"
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- HTC
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Hace seis meses fui a mi primera itv, con los intermitentes laterales y no me pusieron pegas.
-
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Yo tambien tengo puesta en el cofre una luz de freno, que mediante una ficha de empalme debajo del asiento puedo conectarla o cambiarla como luz de antiniebla, nunca me han dicho nada, pero no se si me la han visto, de todas formas cuando pase la ITV la desconecté
- angel_gl1800
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Sin ser tan técnico como Wells (ni lo intento, ni lo conseguiría), como puedes ver la matrícula es extranjera (¿americana?), si te presentas con la moto así en una ITV española, en cuanto te vea aparecer el de la línea, empieza a frotarse las manos.....
Yo soy de los que lleva la barra de leds debajo del baul de la 1300, y cuando voy a ITV, rezo antes de entrar. De momento ha "colado", pero cualquier día......
Yo soy de los que lleva la barra de leds debajo del baul de la 1300, y cuando voy a ITV, rezo antes de entrar. De momento ha "colado", pero cualquier día......
Lo bueno no es suficiente, cuando lo perfecto es posible
- TOASTY
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Yo además llevo un desconector con lo que al pasar la ITV "ni se ve, ni se nota, ni..."angel_st1300 escribió:Sin ser tan técnico como Wells (ni lo intento, ni lo conseguiría), como puedes ver la matrícula es extranjera (¿americana?), si te presentas con la moto así en una ITV española, en cuanto te vea aparecer el de la línea, empieza a frotarse las manos.....
Yo soy de los que lleva la barra de leds debajo del baul de la 1300, y cuando voy a ITV, rezo antes de entrar. De momento ha "colado", pero cualquier día......
VVVVVV,s
Lo juro por la cobertura de los satélites de la Maripili!!!!!
Si no puedes ayudar, molesta. Lo importante es participar.
Si todos pensamos igual, es que alguien no está pensando.
No es digno de saborear la miel aquel que se aleja de la colmena por miedo a las picaduras.(Shakespeare)
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- juapan
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Bueno luz de freno no. Pero opté por hacerme ver "mas" de otra forma ...
http://www.motorcyclelarry.com/index.ph ... cts_id=261
De dia no se ven, de noche son reflectantes ... y la ITV? ... tambien les molestará .... ? ...
vs
http://www.motorcyclelarry.com/index.ph ... cts_id=261
De dia no se ven, de noche son reflectantes ... y la ITV? ... tambien les molestará .... ? ...
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- micokest
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
yo los llevé en la Pan hace ya muchos años, son muy efectivos y quedan bien, en la ITV no te dirán nada, solo si algún agente quiere tocarte las narices te diré que en la parte de atrás de la moto solo se pueden poner reflectantes rojos, (según la normativa de vehículos)juapan escribió:Bueno luz de freno no. Pero opté por hacerme ver "mas" de otra forma ...
http://www.motorcyclelarry.com/index.ph ... cts_id=261
De dia no se ven, de noche son reflectantes ... y la ITV? ... tambien les molestará .... ? ...
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- Don Atello
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Yo los llevo en la actualidad y nunca ne han dicho nada, ni en la ITV (2 veces) ni en carretera ( ¡¡¡No me habrán visto la GC!!!)juapan escribió:Bueno luz de freno no. Pero opté por hacerme ver "mas" de otra forma ...
http://www.motorcyclelarry.com/index.ph ... cts_id=261
De dia no se ven, de noche son reflectantes ... y la ITV? ... tambien les molestará .... ? ...
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Y efectivamnete, te haces VER
JAVIER, ROGELIO, JOSE LUIS, SIEMPRE ESTAREIS CON NOSOTROS
"ADMIRO LA CAPACIDAD DE LOS CAMALEONES PARA CAMBIAR DE COLOR EN FUNCIÓN DEL TERRENO EN QUE SE MUEVEN"
"ADMIRO LA CAPACIDAD DE LOS CAMALEONES PARA CAMBIAR DE COLOR EN FUNCIÓN DEL TERRENO EN QUE SE MUEVEN"
- TOASTY
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Yo los llevo también y hasta la fecha sin problemas ni con la meretérica ni en la ITV, esperemos que siga así
VVVVV,s
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- juapan
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Los tengo ya en casa, pero sin colocar. La colocacion es como un adhesivo normal, o hay que hacer cursillo ... ??
Y una apreciacion, en caso de que la ITV, nos dijese algo, con ir sin maletas a pasarla, no habria problema ... en teoria no? .... independientemente si la GC, te quiera o no multar .....
vs
Y una apreciacion, en caso de que la ITV, nos dijese algo, con ir sin maletas a pasarla, no habria problema ... en teoria no? .... independientemente si la GC, te quiera o no multar .....
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- micokest
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
juapan escribió:Los tengo ya en casa, pero sin colocar. La colocacion es como un adhesivo normal, o hay que hacer cursillo ... ??
Y una apreciacion, en caso de que la ITV, nos dijese algo, con ir sin maletas a pasarla, no habria problema ... en teoria no? .... independientemente si la GC, te quiera o no multar .....
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tranquilo que ni la benemerita te va a multar ni te van a decir nada en la ITV
para colocarlo bien, limpia la superficie con alcohol, y procura alinearlo bien con el lateral, un trapo seco te vendrá bien para alisarlo y evitar las burbujas
- angel_gl1800
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Yo también los llevo desde hace años y confirmo que nunca he tenido el más mínimo problema.......
Lo bueno no es suficiente, cuando lo perfecto es posible
- Petrowsky
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Re: Mas visibilidad para el culo de la Pan
Yo también los llevo y como el resto, sin problemas.